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Estado

Desde Michoacán buscan elevar la “Ley Cazzu” a reforma constitucional

today11 de marzo de 2026 2

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Iniciativa orientada a impedir que padres ausentes restrinjan la movilidad de menores de edad sin justificación real y con el único propósito de ejercer control sobre la madre

El Congreso del Estado pretende impulsar la denominada Ley Cazzu, una iniciativa orientada a impedir que padres ausentes restrinjan la movilidad de menores de edad sin justificación real y con el único propósito de ejercer control sobre la madre, conducta que se considera una forma de agresión conforme al artículo 2 constitucional.

La propuesta fue presentada por la coordinadora del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México (PVEM) en el Congreso local, Sandra Arreola, quien planteó que el Poder Legislativo michoacano promueva ante el Congreso de la Unión una iniciativa con proyecto de decreto para adicionar diversas disposiciones a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

El objetivo de esta reforma es garantizar el derecho a la movilidad de niñas, niños y adolescentes frente al abandono parental, una problemática que, según la legisladora, ha quedado atrapada en vacíos legales y prácticas que permiten el control indirecto sobre las madres.

Para ello, explicó que buscará respaldo de diputados federales ecologistas, con la finalidad de que la propuesta sea discutida en el Congreso de la Unión y pueda escalar a una legislación federal.

La diputada sostuvo que el contexto nacional evidencia un problema estructural en materia de justicia familiar.

Señaló que el país enfrenta una emergencia silenciosa en el ámbito de los cuidados, caracterizada por desigualdad de género y por el incumplimiento sistemático de obligaciones parentales.

Datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) muestran que existen más de 11 millones de madres solteras en México, quienes sostienen por completo las responsabilidades económicas, emocionales y educativas de sus hijas e hijos.

A ello se suma el fenómeno del abandono alimentario, ya que tres de cada cuatro hijos de padres separados no reciben la pensión alimenticia correspondiente, situación que obliga a las madres a depender de la autorización del deudor alimentario para trámites relacionados con la movilidad de los menores.

“El propósito fundamental de esta reforma constitucional es la transición de un sistema de justicia familiar formalista hacia uno de protección sustantiva, donde el ejercicio de la patria potestad y la custodia se entiendan como funciones supeditadas al bienestar del menor y no como privilegios de control adulto”, precisó.

Arreola subrayó que la reforma también permitiría eliminar prácticas de presión o extorsión basadas en el consentimiento legal, garantizando que los derechos de movilidad y convivencia familiar de niñas, niños y adolescentes no dependan de la voluntad de un progenitor que ha incumplido sus responsabilidades básicas.

Escrito por Alejandra Martínez

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