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A pesar de que al menos 18 de las 26 candidaturas judiciales podrían incumplir con el requisito de buena reputación —incluso algunas supuestamente ligadas al crimen organizado— el Instituto Nacional Electoral (INE) no puede anular sus registros ni retirarlas de las boletas, informó su vocal ejecutivo en Michoacán, David Alejandro Delgado Arroyo.
La solicitud de cancelar dichas candidaturas fue presentada por los presidentes de las mesas directivas del Senado de la República y de la Cámara de Diputados, quienes argumentaron que las personas postuladas no cumplen con los estándares mínimos de honorabilidad y desempeño académico.
Delgado Arroyo fue categórico: ni la mala reputación ni un promedio deficiente bastan legalmente para invalidar una postulación.
Incluso en caso de haber sentencia firme, la votación sigue siendo válida y la inelegibilidad podría reclamarse sólo si se demuestra una causa sobrevenida.
Asimismo, defendió el derecho de toda persona a ejercer la abogacía, subrayando que haber representado jurídicamente a delincuentes no debe considerarse una falta ética ni una causal de exclusión, pues sin defensa legal, los acusados quedarían en total indefensión.
En consecuencia, señaló que, mientras no haya una resolución que lo impida, los nombres de estas personas permanecerán en las boletas electorales, aunque sus eventuales nombramientos podrán ser impugnados posteriormente conforme al artículo 38 de la Constitución.
Escrito por Alejandra Martínez
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